Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 14.969 · Concede pension, por gracia, a don vicente arevalo sepulveda

Concede pension, por gracia, a don vicente arevalo sepulveda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243946 / 6548310.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión de Eº 50,- mensuales a don Vicente Arévalo Sepúlveda, en mérito a los servicios prestados en la Escuela Militar, en el Cuerpo de Carabineros de Chile, en la Dirección General del Trabajo y en la ex Junta Central de Beneficencia. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.