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Artículo 2 de la Ley 4.008

Lei núm. 4,008, que autoriza la cesion de un terreno;en punta arenas para destinarlo a construcciones para;obreros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24400 / 8276925.

Texto oficial

Art. 2.° Dicho terreno se destinará a construir habitaciones para obreros, con arreglo a las disposiciones contenidas en el Reglamento aprobado por decreto número 3,845, de 18 de junio de 1911, del Ministerio del Interior.