Saltar al contenido

Artículo 4 de la Ley 4.009

Lei num. 4,009, que modifica la lei de organizacion de los tribunales de justicia, y crea varias plazas de ministros de cortes de apelaciones, relatores y jueces letrados.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24401 · idParte: 9027898

Texto oficial

Art. 4.o Las Cortes de Apelaciones de Talca y Valdivia se compondrán de cinco Ministros y un fiscal cada una.