Texto oficial
Artículo 4.o- La Municipalidad servirá el o los empréstitos autorizados por esta ley, con los fondos provenientes del artículo 27.o de la ley N.o 11.828.
Autoriza a la municipalidad de mejillones para contratar el prestamo que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244079 / 8373298.