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Artículo UNICO de la Ley 4.020

Lei num. 4,020, que destina fondos, a fin de instalar departamentos especiales para los licenciados en medicina en dos hospitales de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24411 / 8276945.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de doscientos mil pesos ($ 200,000), y cien mil pesos ($ 100,000) para ejecutar las instalaciones necesarias para preparar los departamentos especiales para los licenciados en Medicina internos de un año, en los Hospitales del Salvador y San Francisco de Borja, de Santiago, respectivamente.