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Artículo 32 de la Ley 11.161 · Crea el colegio de enfermeras y fija las disposiciones por que se regira

Crea el colegio de enfermeras y fija las disposiciones por que se regira

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244142 / 6549357.

Texto oficial

Artículo 32. En el curso del mes de Abril de cada año habrá reunión general ordinaria de las inscritas en el Colegio de Enfermeras. En esta reunión el Consejo General presentará una memoria de la labor del Colegio durante el año anterior, y un balance de su estado económico.