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Artículo 2 de la Ley 4.030

Lei num. 4,030, que declara de utilidad publica una estension de terreno para ensanchar el cementerio de tome

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24416 / 8276949.

Texto oficial

Art. 2.° El valor de las espropiaciones que se lleven a efecto será de cargo de la Junta de Beneficencia de Coelemu.