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Artículo 2 de la Ley 4.047

Lei num. 4,047, que aumenta la planta de jefes del ejercito y disminuye la de tenientes. dispone tambien que los tenientes 2.ºs se denominaran sub-tenientes.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24427 / 7167668.

Texto oficial

Artículo 2.° Se sustituyen en la jerarquía militar los grados de teniente 1.° y teniente 2.o por las de teniente y sub-teniente.