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Artículo 2 de la Ley 20.082

Autoriza erigir monumento y santuario en memoria del padre pio de pietrelcina, en la region del maule

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244306 / 8373347.

Texto oficial

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se creará para el efecto, en coordinación con las intendencias regionales.