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Artículo 6 de la Ley 20.082

Autoriza erigir monumento y santuario en memoria del padre pio de pietrelcina, en la region del maule

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244306 / 8373351.

Texto oficial

Artículo 6º.- Si una vez construido el monumento y santuario quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión determine.".