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Artículo 1 de la Ley 20.067

Completa la incorporacion al seguro escolar a los estudiantes que esten en el nivel parvulario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244308 / 6549937.

Texto oficial

"Artículo 1º.- Reemplázase el inciso primero del artículo 3º de la ley Nº 16.744, por el siguiente: "Estarán protegidos también, todos los estudiantes por los accidentes que sufran a causa o con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional. Para estos efectos se entenderá por estudiantes a los alumnos de cualquiera de los niveles o cursos de los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente de acuerdo a lo establecido en la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza.".