Texto oficial
Artículo 21.- Las disposiciones de esta ley regirán a contar del 1 de enero del año 2006, sin perjuicio de que puedan dictarse a contar de la fecha de su publicación los decretos a que se refiere el artículo 3°.".
Presupuestos del sector publico para el año 2006
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244386 / 7325705.