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Artículo UNICO de la Ley 15.031 · Aumenta, por gracia, la pension de don juan miranda veliz

Aumenta, por gracia, la pension de don juan miranda veliz

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244676 / 6551342.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase, por gracia, a la suma de Eº 50 mensuales, la pensión de que actualmente disfruta don Juan Miranda Véliz. El mayor gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.