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Artículo 2 de la Ley 4.099

Concede liberación derechos aduana efectos;destinados jefes de misión extranjeros y su personal.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24469 / 5958341.

Texto oficial

Art. 2.o Estas franquicias se entenderán otorgadas únicamente en el caso de que exista reciprocidad de parte de la nación que represente el Jefe de la Misión y que el funcionario favorecido no ejerza, además de su cargo, la profesión de comerciante. No se exige reciprocidad en los casos en que se trate de efectos que internen los representantes diplomáticos de la Santa Sede.