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Artículo UNICO de la Ley 15.081 · Concede pension, por gracia, a don clotario blest riffo

Concede pension, por gracia, a don clotario blest riffo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244768 / 6551617.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Clotario Blest Riffo una pensión de noventa y cinco escudos (Eº 95) mensuales, sin perjuicio de la pensión de jubilación de que actualmente disfruta. El gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.