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Artículo UNICO de la Ley 4.150

Concede autorización a la liga patriótica de chile para erijir en valparaíso, por subscripción popular, un monumento a las glorias del ejército.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24514 / 5958558.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese a la Institución denominada "Liga Patriótica de Chile", con personalidad jurídica, la autorización necesaria para que pueda erigir, en la ciudad de Valparaíso, por subscripción popular, un monumento a las glorias del Ejército.