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Artículo UNICO de la Ley 15.129 · Concede pension, por gracia, a los señores jose cayupi catrilaf y esteban romero sandoval

Concede pension, por gracia, a los señores jose cayupi catrilaf y esteban romero sandoval

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245171 / 6553155.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a los ex Diputados, don José Cayupi Catrilaf y don Esteban Romero Sandoval, una pensión de doscientos escudos mensuales a cada uno. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.