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Artículo UNICO de la Ley 15.131 · Aumenta, por gracia, la pension de doña maria pizarro viuda de gonzalez

Aumenta, por gracia, la pension de doña maria pizarro viuda de gonzalez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245172 / 6553158.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase, por gracia, a la suma de Eº 200, la pensión mensual de que disfruta actualmente doña María Pizarro viuda de González, en conformidad a lo dispuesto en la ley número 13.418. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.