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Artículo UNICO de la Ley 15.127

Concede pension, por gracia, a doña olga radich viuda de ferrada y a su hija soltera doña daisy egle ferrada r

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245182 / 6553185.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Olga Radich, viuda del ex diputado don Raúl Ferrada Riquelme, y a su hija soltera doña Daisy Eglé Ferrada Radich una pensión de Eº 200 y Eº 50 mensuales, respectivamente, con derecho de acrecer entre ellas. El gasto que signifique esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.