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Artículo UNICO de la Ley 15.503

Aumenta, por gracia, la pension de doña graciela arriagada viuda de letelier y doña maria cecilia letelier a.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245240 / 6553364.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase, por gracia, la pensión de que disfrutan doña Graciela Arriagada viuda de Letelier y doña María Cecilia Letelier Arriagada, a la suma de sesenta escudos mensuales (Eº 60), para cada una de ellas, con derecho a acrecer. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.