Texto oficial
Artículo 32.o Quedan vigentes todas las disposiciones contenidas en la ley sobre la Comisión de Cambios Internacionales, cuyo texto fue fijado por decreto supremo N.o 6,973, del Ministerio de Hacienda, de 1.o de Septiembre de 1956, sin perjuicio de la aplicación preferente de las disposiciones de este DFL. a las personas que en razón de nuevos aportes de capital a él se hubieren acogido.