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Artículo 2 de la Ley 4.192

Autoriza al presidente de la república para dejar en cuenta especial de depositos los fondos puestos a disposicion de la comision naval de chile en londres.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24551 / 9042199.

Texto oficial

Art. 2.o Esta ley regirá a contar desde la fecha en que el Gobierno haya expedido el decreto correspondiente".