Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 4.203

Concede pension de gracia a la viuda e hijas solteras de don federico martinez, ex-subdirector de los ferrocarriles.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24561 · idParte: 5958737

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a la viuda e hija soltera de don Federico Martínez, ex-Subdirector de los Ferrocarriles del Estado, una pensión anual de ocho mil pesos ($ 8,000), la que le será pagada por la Caja de la referida Empresa, a contar desde la fecha de la promulgación de esta ley, y por mensualidades iguales y vencidas.