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Artículo UNICO de la Ley 4.215

Autoriza al presidente de la república para invertir $ 200,000 para atender gastos que demande el envio de la delegacion a la sexta conferencia internacional panamericana.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24572 / 5958783.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir, en los gastos que demande el envío de la Delegación que ha de representar al Gobierno de la República en la VI Conferencia Internacional Panamericana, hasta la suma de doscientos mil pesos ($ 200,000) que se deducirán de la cantidad de treinta y cinco mil libras que el Fisco percibirá como precio de la venta a don Agustín Edwards, del inmueble que el Estado posee en la ciudad de Londres, ubicado en Grosvenor Square 22.