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Artículo 2 de la Ley 4.244

Ley 4.244

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24599 / 7168408.

Texto oficial

Artículo 2.o Auméntase en la suma de cien mil pesos ($ 100,000) el ítem 26, del Capítulo II del Presupuesto de Marina vigente.