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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 39

Decreto con fuerza de ley núm. 39

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246006 / 9053568.

Texto oficial

Art. 3.o El presente decreto comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.