Saltar al contenido

Artículo del Decreto Con Fuerza de Ley 263

Decreto con fuerza de ley n.o 263

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246009 / 9053585.

Texto oficial

1.o El Presidente de la República podrá conceder una hijuela hasta de cien hectáreas (100 Has.) de terrenos fiscales a las personas que con motivo de la aplicación de la ley de Constitución de la Propiedad Austral y demás disposiciones que se dicten, deban abandonar los terrenos que actualmente ocupan y que los hayan trabajado personalmente y a nombre propio, por un tiempo no menor de un año. 2.o Este beneficio deberá solicitarse al Presidente de la República, dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha en que hayan abandonado los terrenos. 3.o Este decreto con fuerza de ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial.