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Artículo UNICO de la Ley 4.258 · Eleva pension de gracia de las personas que indica

Eleva pension de gracia de las personas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24609 / 5958962.

Texto oficial

"Artículo único. Elévase, por gracia, a cien pesos, la pensión mensual de que actualmente disfrutan doña Corina, doña Felisa, doña Elvira, doña Elisa, doña Eugenia, y doña Sofía Menare".