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Artículo UNICO de la Ley 15.851 · Concede pension, por gracia, a doña ana luisa mora diaz

Concede pension, por gracia, a doña ana luisa mora diaz

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246111 / 6556716.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Ana Luisa Mora Díaz, una pensión de Eº 80 mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.