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Artículo UNICO de la Ley 4.261 · Concede pensión de gracia a doña julia ramírez

Concede pensión de gracia a doña julia ramírez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24612 / 8277356.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Julia Ramírez, viuda del oficial de sala del Senado, don Luis Aguilera Leiva por una sola vez, la cantidad correspondiente a un año del sueldo que percibía este empleado.