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Artículo UNICO de la Ley 15.809 · Concede pension, por gracia, a don samuel arancibia ramirez

Concede pension, por gracia, a don samuel arancibia ramirez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246122 / 6556749.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión mensual de Eº 60 a don Samuel Arancibia Ramírez. El mayor gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.