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Artículo UNICO de la Ley 15.810 · Reconoce, por gracia, a doña adriana barros hardy el tiempo servido que señala

Reconoce, por gracia, a doña adriana barros hardy el tiempo servido que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246123 / 6556752.

Texto oficial

Artículo único.- Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales, incluso los establecidos en la ley N.o 5.489 y sus modificaciones posteriores, a doña Adriana Barros Hardy, los servicios que prestó en la ex Caja Nacional de Ahorros entre el 24 de Enero de 1925 y el 10 del mismo mes de 1929, sin que rija, en lo que a dichos servicios se refiere, la limitación establecida en el artículo 69 de la ley N.o 9.629. Será de cargo de la beneficiaria el pago de las imposiciones que deban integrarse a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, la cual deberá recibirlo, por el período a que se refiere el inciso anterior, debiendo liquidarse tales imposiciones sobre el monto de la primera remuneración imponible en dicha Caja de la interesada, con un interés capitalizado del 6% anual.