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Artículo UNICO de la Ley 15.586

Concede, por gracia, a don alvaro vallejos e. el derecho a impetrar, fuera de plazo, el beneficio que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246207 / 6557052.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Alvaro Vallejos Espinoza, ex Registro Civil de Palmilla, el derecho a impetrar, fuera de plazo, el beneficio de su jubilación, de acuerdo a lo establecido en el D. F. L. N.o 338, de 1960, artículo 110. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Ministerio de Hacienda.