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Artículo 1 de la Ley 4.276 · Crea un segundo juzgado de letras de mayor cuantia en el departamento de valdivia.

Crea un segundo juzgado de letras de mayor cuantia en el departamento de valdivia.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24623 / 8856792.

Texto oficial

Artículo 1.o Créase en el departamento de Valdivia un segundo Juzgado de Letras de Mayor Cuantía. Este Juzgado tendrá un secretario y el demás personal necesario para el servicio, con los sueldos asignados a sus respectivos empleos en los otros Juzgados de igual categoría.