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Artículo 1 de la Ley 4.283

Autoriza la contratacion de un emprestito hasta la suma de $ 14.000,000 destinado a obras de mejoramiento de la ciudad de viña del mar.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24628 / 8277371.

Texto oficial

Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para contratar por cuenta de la Municipalidad de Viña del Mar, y con la garantía fiscal correspondiente, un empréstito interno o externo que produzca hasta catorce millones de pesos ($ 14.000,000), moneda legal o su equivalente en moneda extranjera a un interés que no exceda de siete por ciento (7%) anual, y con una amortización no inferior al uno por ciento (1%) también anual. Autorízase, asimismo, al Presidente de la República para contratar la emisión de los bonos conjuntamente con los de otros empréstitos legalmente autorizados y para contratar créditos bancarios, avances o anticipos con cargo al producto de la emisión definitiva de los bonos.