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Artículo UNICO de la Ley 14.422 · Concede pension, por gracia, a doña beatriz collao calderon

Concede pension, por gracia, a doña beatriz collao calderon

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246579 / 6558267.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Beatriz Collao Calderón una pensión de veinticinco escudos (Eº 25) mensuales. El gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.