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Artículo UNICO de la Ley 14.428 · Concede pension, por gracia, a doña lidia del carmen acuña alarcon

Concede pension, por gracia, a doña lidia del carmen acuña alarcon

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246583 / 6558279.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Lidia del Carmen Acuña Alarcón, una pensión ascendente a la suma de cincuenta escudos (Eº 50) mensuales, de la que disfrutará con arreglo a la Ley de Montepío Militar. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.