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Artículo 3 de la Ley 4.322 · Ley sobre impuesto de timbres, estampillas y papel sellado

Ley sobre impuesto de timbres, estampillas y papel sellado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24661 / 7168630.

Texto oficial

Art. 3.o Habrá papel sellado de 50 centavos y de 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 12, 16, 18, 24, 50 y 100 pesos.