Texto oficial
Artículo 1º.- Los laboratorios privados de salud pública que efectúen caracterización de residuos peligrosos se regirán por las disposiciones del presente reglamento.
Aprueba reglamento de laboratorios privados de salud publica de caracterizacion de residuos peligrosos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246682 / 6558622.