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Artículo UNICO de la Ley 4.342

Concede de abono al piloto de corbeta don josé caro;bach, el tiempo que sirvií a contrata en la armada;nacional.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24673 / 5959347.

Texto oficial

Artículo único. Concédese de abono al piloto de corbeta, don José Caro Bach, para los efectos de su retiro, los diez años cuatro meses y veinticuatro días que sirvió como empleado a contrata en la Armada Nacional.