Texto oficial
Artículo único. Concédese por gracia, a la viuda e hijos menores del capitán de fragata, don Luis A. Barrientos, el derecho a una pensión anual de tres mil seiscientos pesos ($ 3,600), en vez de la que percibe actualmente.
Aumenta la pension concedida por gracia a la viuda e hijos menores del capitan de fragata, don luis a. barrientos
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