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Artículo UNICO de la Ley 4.356 · Concede pension por gracia, al ex-visitador de escuelas, don federico bañados

Concede pension por gracia, al ex-visitador de escuelas, don federico bañados

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24683 / 5959382.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, al ex-Visitador de Escuelas, don Federico Bañados, el goce de una pensión anual de ocho mil pesos ($ 8,000) en vez de la que actualmente disfruta.