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Artículo UNICO de la Ley 4.359

Ley 4.359

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24686 / 7168721.

Texto oficial

Artículo único.- Traspásase la suma de cincuenta mil pesos ($ 50,000), del ítem 12/03/02/m/1 al ítem 12/01/02/m/4 del Ministerio de Bienestar Social.