Texto oficial
Artículo 10. Los planos y especificaciones y presupuestos de las obras indicadas en el artículo 5.o deberán ser aprobadas por decreto del Ministerio del Interior, previa audiencia de la Dirección de Obras Públicas.
Autoriza a la municipalidad de paillaco para contratar emprestito hasta por la suma de $ 300,000
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246866 / 6559468.