Texto oficial
Art. 2.o Esta ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.
Autoriza al presidente de la república para enajenar en publica subasta el terreno fiscal ubicado a orillas del estero del salto.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24687 / 5959395.