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Artículo UNICO de la Ley 14.412 · Concede pension, por gracia, a doña domitila arlegui viuda de bobadilla

Concede pension, por gracia, a doña domitila arlegui viuda de bobadilla

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 247010 / 6560033.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Domitila Arlegui viuda de Bobadilla una pensión de Eº 40 mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.