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Artículo 1 de la Ley 4.387 · Reemplaza el articulo 12 del decreto-ley numero 718, de 13 de noviembre de 1925

Reemplaza el articulo 12 del decreto-ley numero 718, de 13 de noviembre de 1925

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24704 / 7168740.

Texto oficial

Artículo 1.o Reemplázase el artículo 12 del decreto-ley número 718, de 13 de Noviembre de 1925, por el siguiente: "Art. 12. Por "Entradas Varias", se entenderán todas aquellas que se presuma haya de recibir el Fisco y que provengan de fuentes generales no comprendidas en los incisos a), b) y c) del artículo anterior".