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Artículo 3 de la Ley 4.387 · Reemplaza el articulo 12 del decreto-ley numero 718, de 13 de noviembre de 1925

Reemplaza el articulo 12 del decreto-ley numero 718, de 13 de noviembre de 1925

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24704 / 7168742.

Texto oficial

Art. 3.o Esta ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.