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Artículo 3 transitorio de la Ley 4.404 · Crea la inspeccion general de sociedades anónimas y operaciones bursatiles

Crea la inspeccion general de sociedades anónimas y operaciones bursatiles

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24712 / 9028026.

Texto oficial

Art. 3.o Las Sociedades y Compañías mineras que se someten a las disposiciones de la presente ley, tendrán un plazo de noventa días para cumplir con las obligaciones que impone esta ley. El pago de la patente a que se refiere el artículo 33, empezará a regir desde el año 1929.