Texto oficial
Art. 6.o Si los adquirentes o actuales dueños o poseedores de lotes de terrenos no pagaren oportunamente los saldos insolutos de precio o las costas periódicas, la Municipalidad podrá cobrar su crédito y sacar a remate los lotes vendidos con arreglo a los procedimientos establecidos en el decreto-ley número 743, sobre Organización de la Caja de Crédito Hipotecario, en lo que se refiere al cobro de las deudas y a la realización de los bienes hipotecados.